jueves, 29 de diciembre de 2011

El Corredor Público

En noviembre que se celebró la semana PyME, el Gobierno Federal instauró el mes del Corredor Público y de la “Constitución de Empresas”. El Presidente de la República, acompañado del titular de la Secretaría de Economía, Bruno Ferrari, inauguró el pasado lunes 7 de noviembre la Semana Nacional PyMe donde destacó a éstas como “la principal generadora de empleos en el país y un gran referente para todos los emprendedores del país…”. El titular del Ejecutivo Federal en ese acto se acompañó de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, de la Presidencia de la Confederación Patronal de la República Mexicana, de la presidencia de la Confederación de Cámaras Industriales, de la COMSE, entre otros más. A dicho acto también acudieron Corredores Públicos.
El Corredor Público es un profesional del derecho, perito en materia mercantil. Brinda a las pequeñas, medianas y grandes empresas, servicios jurídicos para agilizar y dar certeza en sus negocios comerciales. Así es como lo describe la Secretaría de Economía, autoridad que aplica la Ley Federal de Correduría Pública.
Precisamente, el Corredor Público es un auxiliar del comercio. Cuando hablamos de Correduría Pública necesariamente hacemos referencia a lo mercantil. Una de sus funciones es la de ser Fedatario Público en dicha materia. Entre las que se mencionan, están la de Agente Mediador, Perito Valuador, Asesor Jurídico Comercial y Árbitro Comercial. El Corredor Público obtiene una habilitación por Secretaría de Economía por medio de un examen definitivo, previo examen de aspirante.
¿Cómo interviene un Corredor Público como fedatario? Hace constar contratos, convenios, actos y hechos de naturaleza mercantil; notificaciones y requerimientos de pago, emisión de obligaciones y otros títulos valores; además de hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él y en el otorgamiento de créditos refaccionarios o de habilitación o avío. Como ejemplo podemos citar contratos de apertura de crédito con garantía prendaria.
Una extensión considerable de la actuación del Corredor Público como fedatario público es que puede interpretar, aconsejar, preparar, redactar, certificar y autorizar respecto de documentos mercantiles. Prepara cotejos, copias certificadas y originales (testimonios en materia notarial); también redacta actas y pólizas, donde hace constar hechos y actos jurídicos respectivamente, en vez de escrituras públicas. Destaca su intervención en la constitución, modificación, fusión, escisión, disolución, liquidación y extinción de sociedades mercantiles.
Todo lo anterior le permite actuar en la materia corporativa en general, como en temas accionarios y de valuaciones o revaluaciones de reservas o activo fijo; formalizaciones de actas de asamblea de accionistas y de sesión de Consejo de Administración.
También  participa también en la Propiedad Industrial como fedatario público en temas de usos no autorizados de marcas, nombres o denominaciones sociales.
¿Cómo interviene en la Valuación de bienes? Participa determinando el valor de un bien en un momento determinado para cierto propósito específico. El avalúo es un documento que determina el valor de un bien; en pocas palabras determina el grado de utilidad de las cosas.
¿Para qué sirve el avalúo de bienes? Sirve para efectos de vender un bien, ya sea mueble o inmueble. Además, sirve para el pago de contribuciones; para efectos de determinar una garantía como hipoteca o prenda e incluso, para cuantificar indemnizaciones o fianzas.
En otros términos, también es un Agente Mediador. Dicho agente respalda y asesora a las partes en materia de negocios proponiendo figuras jurídicas como contratos y detallando sus alcances.
Como árbitro asesora también a las partes para el caso de una controversia. Puede ser que exista una clausula compromisoria en algún contrato donde las partes acepten el arbitraje. Asimismo, es importante decir que la naturaleza del arbitraje es contractual. El arbitraje puede dirimir controversias nacionales e internacionales, así como las que resulten de la Protección al Consumidor.